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"Entre Rios protege en su territorio a todos los niños y adolecentes, todos los derechos y garantias inherentes a su condicion de personas y aquellos que les corresponden para su crecimiento y desarrollo integral"



martes, 7 de junio de 2011

RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA.

El día lunes 6 de junio se envió carta documento a un trabajador del COPNAF, comunicándole la resolución del contrato de obra que poseía con el Organismo.-. El motivo del mismo fue el incumplimiento a la cláusula sexta del citado contrato, en razón de las presuntas acciones obscenas que el mismo habría protagonizado, cuando se encontraba cumpliendo funciones en el Hospital de Niños "San Roque" de la ciudad de Paraná, todo de acuerdo a la denuncia  presentada por la madre del niño afectado.
Debe tenerse presente que la protección a los derechos del niño debe tener primacía frente a cualquier hecho que afecte el pleno e íntegro disfrute de dichos derechos, ya que "el interés superior del niño", es un principio legal supremo y debe ser preservado frente a los intereses particulares que lo afecten; por ello como medida preventiva se tomó la decisión de resolver el vínculo laboral.

Martes, 7 de junio de 2011.